Opera y mantiene los sistemas de ayudas a la
navegación, proveyendo un eficiente y esencial servicio público, una seguridad náutica
dinámica sobre el litoral marítimo, la Hidrovía y la Antártida, a través de cartas y
publicaciones náuticas, radioavisos náuticos y Avisos a los Navegantes, controlando y
supervisando la información náutica que se edita.
Efectúa también el estudio de la toponimia de la jurisdicción
propia, a fin de situar, establecer y adoptar las nominaciones definitivas, publicando la
lista de nombres geográficos normalizados y aprobados procediendo a su posterior
difusión a nivel nacional e internacional.
Mantiene interrelación constante basada en el intercambio de
información y productos con otras Oficinas Hidrográficas además de la permanente
vinculación con organismos internacionales, efectuando el seguimiento de las resoluciones
y disposiciones competentes de los mismos. |